El Hort de Redal de Alzira, Detalles de un pufo turbio de 12,5 millones de euros

El Hort de Redal un pufo que nadie se puede permitir y menos un ayuntamiento como el de Alzira, que de ricos nada...Nosotros aportamos los datos que hemos recogido gracias a un artículo que remitió en su día el anterior concejal de Hacienda de Alzira, el entonces Enrique Lahuerta y que explicó muy bien cuáles fueron los pasos que este llamémosle a groso modo "BUENA PATATA CALIENTE DEL MOMENTO, POR EL MONTO DE 12,5 MILLONES DE EUROS", ¿COMO SI FUÉRAMOS RICOS NO? y a tal desacato en la Alzira Valenciana se le podría llamar también como FEMER ENVALENTONAT DE TRES PAREILLS DE NASOS, ¡¡Aaale dotxe mil.lions i mitx aixina, en un res i no res ale arruixa que plóu!!...Y aclarándolo todo aún más en esta escueta aclaración, que como un pufo (Que entre vosotros y en los adentros no sabemos porque se demoró tanto coooño), que si bien NO ERA DE LA ÉPOCA del PP, Si que a sabiendas que la economía del Ayuntamiento NO ESTABA BIEN, en los últimos ejercicios, SE ASUMIÓ ESTE INNECESARIO PUFO, a lo que me parece muy bien, que después unos y otros digan sus consiguientes alegaciones que unos partidos y otros aportaron con sus, pros y contras, PERO DEBERÉIS RECONOCERNOS QUE ASÍ ES, QUE SE PODRÍA HABER EVITADO TANTO DESEMBOLSO ¿NO ES ASÍ?...

Y POR TANTO QUE SE HIZO MUY MAL TODO DESDE EL PRINCIPIO, SE ALARGÓ NO SABEMOS SI PREMEDITAMENTE, A SABIENDAS, POR INTERÉS O POR ENCERRONA, PERO ESTE DESPECHO TIENE SUS CONSECUENCIAS, Y SI A ALGUIEN SE LES HA OFENDIDO, PEOR PUEDE ESTAR DE DOLIDOS MUCH@S ALZIREÑOS Y ALZIREÑAS QUE PAGAN DE TODO Y POR TODO, AÚN TIENEN POR COJONES QUE IR CADA DÍA A CÁRITAS O A CRUZ ROJA PORQUE NO PUEDEN COMER Y MENOS TRABAJAR, ENCIMA TENGAN QUE OÍR QUE PAGAMOS DESTARIFOS DE ESTA ÍNDOLE DE 12,5 MILLONES DE EUROS POR DEJADEZ Y ABANDONO DE MUCHOS AÑOS, ¡¡AMOS Y AMOS, POR FAVOR!!, TENIENDO TANTÍSIMO BUEN ABOGADO O ECONOMISTA EN NUESTROS AYUNTAMIENTOS Y NO DAN UN MEJOR RENDIMIENTO COÑO, A ESO NOS REFERIMOS. 

Porque, nosotros los que escribimos SOMOS PARTE DEL PUEBLO QUE SIEMPRE PAGA Y LA MAYORÍA DE VECES CALLA, y por tanto QUEREMOS SABER QUÉ OCURRE CON NUESTROS CAUDALES, independientemente de que haya un auto, haya una ley, una sentencia o que sea necesario esto o aquello, porque todo lo que está deacuerdo a derecho, a objetividad, a la clarividencia, raciocinio y a la coherencia siempre estará bien hecho y eso está muy claro que va a misa. 

También está claro y es comprensible que como parte de ese pueblo que somos con derecho, ARENGEMOS CON SARCASMO CUANTO CREAMOS CONVENIENTE, LAS VECES QUE HAGA FALTA, RESPETANDO A TOD@ HIJ@ DE VECIN@ SIN AMENAZAR, NI TENER QUE IR POR NUESTRA TERAPIA DE HEMEROTECA, A JUICIO PARA ACLARAR LAS COSAS, ESO FALTABA, ¿DIGO YO VAMOS, NO?.

Creemos los que en EL HERALDO DE ALZIRA hablamos y HEMOS SACADO OTROS ESTUDIOS O REPORTAJES CON O SIN SARCASMO, que COMO PARTE DEL PUEBLO, QUE SOMOS, REPETIMOS CON INSISTENCIA PARA QUE CALE EL MENSAJE, ES NUESTRO DEBER Y OBLIGACIÓN COMO CIUDADANOS PEDIR RESPONSABILIDADES AUNQUE DESPUÉS DEBAMOS PEDIR PERDÓN O ACLARACIONES VERBALES O ESCRITAS y por tanto NUESTRO DERECHO ES ESTE

A EXPLICARNOS, HABLAR Y A EXPLICAR LO QUE CREAMOS y por tanto nuestras razones tenemos para hacerlo así, porque como vosotr@s sabéis CADA CUÁL -"DENTRO DE UN ORDEN"- ES LIBRE EN UN ESTADO DE DERECHO, A EXPRESARSE DE LA FORMA QUE CONSIDERE, SIN MENOSPRECIAR A LOS DEMÁS POR SUPUESTO, POR SU RANGO DE PERSONA PÚBLICA, HAYA O NO HAYA ESTADO LLEVANDO UN CARGO PÚBLICO.

Después las leyes, las rencillas entre partidos, los enfrentamientos, los consensos, acuerdos, juicios y demás decantará la balanza para un lado o para otro...Pero en nuestra mano siempre está el de ESTAR DEL LADO DEL PUEBLO, SIENTE A VOSOTR@S O NO SIENTE BIEN, eso ya va a gustos claro. 

A la exalcaldesa como a los nuevos del tripartito, como a Paco Blasco o como a Bernardo Andrés Bono o a cualquier funcionario del Ayuntamiento de la historia les damos y les daremos caña las veces que haga falta PARA ESO SON O FUERON FUNCIONARIOS O PERSONALIDADES PÚBLICAS QUE TRABAJARON CON LOS CAUDALES DE UN PUEBLO DÍA A DÍA Y NOSOTROS MERECEMOS SABER EN QUE SE GASTA CADA CÉNTIMO EN QUÉ,PORQUÉ Y PARA QUÉ y POR ESO, NO HAY QUE COGER NI REPRESALIAS, CONGOJOS Y ESTO SE HACE SIN ALTERARSE NADIE DE SUS ENTORNOS, QUE PARECE MENTIRA Y por tanto deben aguantar sofocos, hemeroteca y cualquier pelillo que se les encuentre, pero también LO QUE QUEREMOS PARA ALZIRA, SON LAS CUENTAS LIMPIAS Y EL CHOCOLATE ESPESO, y no tener que ir a un juicio porque me has dicho o me has recriminado esto o aquello...No es por ahí...Aunque cada cuál piense lo que más amor les de de su candidato o candidata.

Nosotros vamos a poner el documento llamado "LA VERDAD PERDIDA SOBRE EL HORT DE REDAL, Noticia difundida por el diario Alzireño ribera express el día 10 de febrero de 2015...Pero antes que nada otra aclaración, por si no queda claro este documento, NUESTRO ALEGATO ES QUE HACE UNOS AÑOS YA SE SABÍA LO QUE PASARÍA CON ESTE HUERTO...Lo que se debería haber hecho es "UN APARTADO ECONÓMICO SUFICIENTE CADA EJERCICIO, PORQUE EN 9 AÑOS DAN PARA TENER ¿ESE PAGO SOLUCIONADO Y NO TRASPASARLO AL SIGUIENTE EQUIPO DE GOBIERNO, DIGO YO, O NO?", que tampoco me va y me viene quiénes sean LOS DEL TRIPARTITO O LOS QUE ESTABAN ya que aqui SOMOS APOLÍTICOS...Y Lo que NOS GUSTA Y MUCHO ES LA TRANSPARENCIA POR ENCIMA DE TODO,Y SOBRE TODO QUE SE MIRE MUCHO POR EL PUEBLO DE ALZIRA, esa es la mayor ideología que nosotros nos gusta tener. 

Además cada resolución judicial se acata SÍ o SÍ, ESO ESTÁ CLARÍSIMO, "¿PERO PORQUÉ LLEGAR A LAS SENTENCIAS Y NO ANTES JOLINES"?.

Pero todos sabemos que pasan años y años DEAMBULANDO ESTE EXPEDIENTE U OTROS, HASTA QUE SE EJECUTA NO?...¿Porqué se dejó de la mano de Dios, aún a sabiendas de que iba a venir la sentencia a favor del dueño de los terrenos o se esperaba ganar el Ayuntamiento el contencioso al estilo como lo de Vilella?...Ahí lo dejo.

DOCUMENTO ÍNTEGRO DE RIBERAEXPRESS.ES; De día 10 de febrero de 2015



Hace unos días se hacían ecos los medios de comunicación del escrito presentado por la “Coalició Compromis per Alzira” ante la Delegación del Gobierno de la Comunitat Valenciana de fecha 21 de Enero de 2015.

En fecha 28 de enero de este año presentan recurso de reposición ante el Ayuntamiento anexando el escrito anteriormente mencionado, presentando, además, una serie de alegaciones, sin contenido, fuera de plazo, siendo una demostración más de la falta de hábito de trabajo, y de propaganda electoral en busca de titulares con el objeto de intoxicar a la opinión pública y de cuestionar la profesionalidad del Interventor, del Secretario del ayuntamiento, técnicos municipales y, en definitiva, del propio equipo de gobierno, habitual en este grupo político como estrategia de desprestigio.

Tan solo unas referencias con ánimo de informar y documentar, no solo al propio colectivo de COMPROMIS, deseosos de ostentar una responsabilidad de gobierno, con demostradas carencias, sino a toda la ciudadanía.

El presupuesto se encuentra en este momento aprobado definitivamente. En la comisión de hacienda de fecha 27 de enero de 2015, se daba cuenta de la Certificación de la Técnica de Gestión de Atención Ciudadana y responsable del Registro General del Ayuntamiento, que informaba que el plazo finalizaba el día 20 de enero, ante el que no se han presentado reclamaciones.

El Interventor, por su parte, ha enviado al Boletín Oficial de la Provincia (BOP) el edicto de publicación en el que expresamente se dice que se puede impugnar vía contencioso administrativa en el plazo de dos meses a partir de la publicación.

Antes de ello, existía la oportunidad, como deberían saber bien sus asesores jurídicos (no muy acertados, vistas las llamadas de atención por parte del Tribunal Superior de Justicia al Grupo Compromis), de presentar alegaciones. Para ello les invito a que consulten: artículo 169 Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales Publicidad, aprobación definitiva y entrada en vigor; y, artículo 171 (también de la Ley de Haciendas Locales) Recurso contencioso-administrativo
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

En resumen, podrían presentar alegaciones hasta el día 20 de enero o, en su defecto, interponer recurso contencioso a partir de la publicación en el BOP (aún no se ha producido); pero no cabe interponer recurso de reposición ni cabe presentar escrito alguno en este momento, al menos referido a la impugnación del presupuesto. Es por ello que no debemos entrar ni entraremos en la cuestión de fondo que plantean. Una vez más llegan tarde y mal.

Dicho lo anterior debo incidir en afirmar que este Ayuntamiento no está incrementando deuda alguna, sino que se cambia el modelo de financiación. Pasamos de un modelo de pago a otro. Y que dicho pago supone una quita de intereses, un coste financiero muy inferior y mejoramos la capacidad de pago, ya que se obtiene un mayor plazo en mejores condiciones. Hasta la fecha los distintos aplazamientos del convenio de 2010 no han supuesto un incremento de coste.

Pero el daño, ya estaba hecho por los antecesores de Compromis (Unitat del poble Valencia).

El PP no fue parte activa ni generó la situación

Lo que sí puedo decir es que el Partido Popular ni fue parte activa, ni es culpable de la situación. Y lo que es peor, a los señores de Compromis les he invitado en muchas comisiones de hacienda a aportar soluciones, y no han aportado ninguna.

Como dicen saber de leyes, espero que hayan tenido en cuenta: La extemporaneidad del recurso de reposición y las alegaciones formuladas; la improcedencia del recurso de reposición; la falta de legitimación activa del recurrente, …(Como conocedores de las leyes, obvio desarrollar las mismas).

Y por ultimo unas reflexiones para aquellos que han realizado propuestas descabelladas y sin fundamento incitando a la desobediencia judicial y al incumplimiento de las obligaciones sobre el asunto del Huerto de Redal. Hay que resaltar unas premisas que son básicas en nuestra sociedad y en nuestro ámbito jurídico occidental, sin las cuales es inútil cualquier razonamiento:
a.- Que las normas legales son para cumplirlas.
b.- Que los únicos que pueden interpretar esas normas y su aplicación son los Tribunales, y las sentencias están para cumplirlas.
c.- Que las normas y acuerdos de un ayuntamiento, vinculan al que los adopta y a los que le suceden, pues son acuerdos de una persona jurídica, sea cual sea su composición.

Y hay que tener en cuenta los datos claros:
1.- La decisión de incluir el Huerto de Redal en el Plan General de Ordenación Urbana de 1985, como terrenos de naturaleza urbana con el carácter de dotacional, y cuya obtención había que conseguir a través del instrumento de la expropiación en plazo de ocho años, correspondía al Ayuntamiento de Alzira de 1985, gobernado con mayoría absoluta por el PSOE.

a).- Ninguna intervención tuvieron los propietarios que se limitaron a acatar la norma, y desde entonces a tener bloqueada su propiedad, y pagar el correspondiente IBI como terrenos de naturaleza Urbana.

b).- No se escogió por el Ayuntamiento de Alzira ningún otro procedimiento urbanístico (reparcelación, compensación, cooperación): solo la expropiación.

c).- La expropiación como método elegido por el Ayuntamiento, sin embargo no se llevó a cabo a instancias del Ayuntamiento, que no ejecutó durante 17 años (hasta que en 2002 se lo exigió la propiedad) lo que él mismo había planeado.

Esa inacción y dejadez, perjudicó:

a) A la propiedad, que se vio limitada en su derecho a edificar lo que era urbano o a obtener su precio.

b) A la Ciudad, que se vio privada de una zona verde deportiva, que según el PGOU era necesaria para cubrir la proporción de zonas verdes y equipamientos deportivos.

c) A los alzireños que han de pagar la expropiación, junto con muchas sentencias condenatorias generadas por partidos de izquierda con un importante impacto económico para toda la ciudadanía.

Durante toda esta larga etapa la Corporación Municipal estuvo en manos del PSOE, hasta 2004, y llevaba también Urbanismo, excepto 1995-1999 en que el Equipo de Gobierno esta formado por UV-PSOE- UPV ( hoy Compromis), y la etapa 1992 a 1998 en que con el PSOE lleva Urbanismo la Unitat del Poble Valencia (hoy COALICIÓ COMPROMIS PER ALZIRA).

Son todos ellos responsables de incumplir con la legalidad urbanística, con las consecuencias como mínimo que se han apuntado.

2.- En el año 2000 ante la inactividad del Ayuntamiento la propiedad advierte de su propósito de solicitar la expropiación y tras dos años de espera acude al Jurado Provincial de expropiación que resuelve en el año 2004 con el resultado que es de todos conocidos.

EROSKI, la solución que no se aceptó

Y durante ese tiempo aun ofrece la propiedad una solución: la ubicación de Eroski en la parcela. Esta solución, que la buscaron y ofrecieron los propietarios, de haberla aceptado el Ayuntamiento, habría supuesto, el ahorro del pago del precio de la expropiación, la creación de un gran centro comercial y la obtención de un gran parque, al margen de otras ventajas y todo ello sin costar un céntimo al Ayuntamiento. Al contrario, cobrando por ello, mejorando las instalaciones y equipamientos ciudadanos, contratando mano de obra y reafirmando la capitalidad comarcal de la Ciudad, sin contar con la unión de la Ciudad con la Estación de ferrocarril, a través de un paso peatonal que también ofrecía Eroski (datos hechos públicos en su momento por Pascual Vernich).

También fue rechazado, de manera activa, negándose a realizar ninguna acción que posibilitara la implantación de Eroski, por ejemplo modificando parcialmente la calificación de los terrenos como zona agrícola de especial protección y manteniendo la que el mismo le había dado antes de cambiarla por la que situó en Tulell. Alargando el tema bajo la excusa de la especial protección( que no se ajusta a la realidad pues consta documentalmente que era un campo de naranjos común, sin nada especial que proteger, y también por cercanía del río, cuestión que desmiente la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ) al establecer la distancia a que se puede edificar, y el propio Tulell.

Al final hubo un acuerdo plenario aceptándolo, pero ya era tarde y Eroski habia decido irse. Se esfumó esa oportunidad, y no quedó otro camino que la expropiación pura y dura.

3.- En junio de 2003 llega al Ayuntamiento el Partido Popular, y se encuentra con “la patata caliente” de una resolución del Jurado, que le obliga a pagar el precio de la expropiación que se ha fijado por el Jurado.

Y el Ayuntamiento ante esa situación trata de eludir el pago recurriendo, hasta que, tras dos resoluciones del Jurado y una del Juzgado de lo contencioso, y dos del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, dos Autos de ejecución (uno de ejecución provisional y otra definitiva), la administración de justicia conmina al Ayuntamiento al depósito integro del justiprecio. Ello suponía una quiebra de las arcas municipales. Y se llega a un acuerdo transaccional de fraccionamiento, moratoria y quita, para evitar el colapso de las cuentas municipales.

El planteamiento razonable de la negociación condujo a un acuerdo que evitó el colapso de las cuentas del Ayuntamiento, puesto que :

1.- La Propiedad accedió a un aplazamiento de la deuda de veintiún años (desde la firmeza de la Resolución del Jurado Provincial de Expropiación) y en lugar del pago inmediato del principal adeudado de 12.496.364,68 €, mas sus intereses (3.403.590 €), en total casi dieciséis millones de euros, se pagase sólo el principal, (12.496.364,68 €) y que este se fraccionase en dos bloques: la mitad (6.000.000 €) se pagaría en cinco anualidades iguales de 1.000.000 € sin devengo de interés; la otra mitad 6.496.348,68 se aplazaba su pago en diez años, prorrogables por otros cinco. Esta mitad con devengo de interés.

Ello supone que desde el acuerdo transaccional de 2.010 se aplazaba el pago quince años; pero si tomamos como punto de partida, la resolución administrativa del Jurado, (año 2004) pues desde esa fecha surge la obligación de pago, se concede un plazo o moratoria para pago total de veintiún años (2004 a 2025).

2.- La propiedad accedió a no computar ni exigir al Ayuntamiento el pago intereses desde la fijación del justiprecio por el Jurado el 17 de junio de 2004, hasta la fecha del acuerdo en 20 de julio de 2010 lo que supone, 3.403.590 € condonados o perdonados. Hay una quita, pues de esa suma, que supone más del 25% de la deuda.

Ello supone que todos los intereses que se había devengado por el tiempo transcurrido con motivo de los recursos interpuestos por el Ayuntamiento desde 2004 es decir seis años- no se computaban y los recursos no gravaban la economía municipal, a la que recurrir le había salido sin coste para las arcas municipales.

3.- La propiedad accedió a que sólo la mitad de la deuda (la no periódica) devengase intereses, lo que supone otra cantidad de 600.000 euros condonados.



Enrique Lahuerta

4.- Ahora de los intereses ya devengados tras la transacción, es decir de 1.645.402 €, se pretende la condonación del 50% es decir 822.701 €. Y el otro 50%, pagarlo en cuatro anualidades sin intereses. A lo que ha accedido la propiedad.

Se condonan así otros 822.701 €

El resumen de lo que el Ayuntamiento y la propiedad aunando voluntades han mejorado la situación en el cumplimiento de la obligación de pago de la expropiación del Huerto de Redal se traduce en lo siguiente: Facilidades dadas al Ayuntamiento para pago de la deuda:

A).- Por vía de intereses transigidos no devengados o condonados: Suma de los apartados 2, 3 y 4 anteriores: (3.403.590 €, + 600.000 €, +822.701 €) = 4.826.291 €.

B) Facilidades por aplazamiento, demora y fraccionamiento de pago conseguido por los distintos equipos de gobierno del PP:

a.- Desde la resolución del Jurado (2004): veintiún años.
b.- Desde la transacción (2010) quince años.
c.- Para parte de la deuda, representada por los intereses que restan o sea 822.701 €, se establece una fraccionamiento para su pago en cuatro anualidades sin devengo de interés.

Por todo ello es increíble que quienes han llevado al Ayuntamiento a esta situación, al incumplir la ley que a si mismo se dieron (PGOU) por su dejadez, su incompetencia, o si no es así, “por otros intereses que no conocemos”, pidan cuentas a quien lo ha resuelto, con gran beneficio para la Ciudad, consiguiendo una demora de más de quince años en el pago, una fraccionamiento del mismo y un ahorro de intereses tan notable. Condiciones que han sido posibles por la actitud generosa de de la propiedad y el talante y habilidad negociadora del Ayuntamiento del PP, que sin ser parte de las Corporaciones que crearon el problema, lo ha resuelto, sin perjuicio sino con ventaja para la Ciudad.

Enrique Lahuerta

Concejal de Hacienda de Alzira.

NOTA FINAL; Cuando se trabaja con honestidad para un pueblo o ciudad, nada ni nadie tiene que lanzar ataques con insolencia o prepotencia de lo que fuentes distintas a su entorno puedan alegar, porque entonces ese envalentonamiento provoca que quiénes lo reciben, perciben que algo esconden y entonces ocurre un efecto contrario. La libertad de expresión se utiliza siempre en estados de derecho y democracia NO EN ESTADOS DE OPRESIÓN NI DE SITIO Y MENOS EN DICTADURAS, FALTARÍA MÁS CLARO...Para eso está el régimen y las tanquetas en las calles para obececer y acatar sus dictámenes y nodos...¿En Alzira no habrá estado de sitio y no ma enterao verdad? jajaja. saludos.

Firmado por; Carla Lluch y Tauno Romeu 

http://www.riberaexpress.es/2015/02/10/la-verdad-perdida-sobre-lhort-de-redal-opinion-enrique-lahuerta/

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